Aunque los represores Miguel Etchecolatz y Julio César Garachico recibieron perpetuas, el Tribunal decidió no enmarcar los delitos en un contexto de genocidio y tampoco se revocó la domiciliaria a uno de los detenidos.
La decepción más que la satisfacción por la dura condena se apoderó de la mayoría de los asistentes a la lectura de la sentencia por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención Pozo de Arana por Miguel Osvaldo Etchecolatz y Julio César Garachico, dos de los policías que formaron parte del aparato represivo que asoló La Plata y la región durante la dictadura militar. El viernes 13 de mayo, el Tribunal Oral Federal 1 los condenó a prisión perpetua, pero no encuadró esos hechos en el marco de un genocidio -tal como los reclamaba la querella y como sí ocurrió en juicios previos- ni revocó el cumplimiento domiciliario de la pena de la cual goza el segundo de los condenados.
El final de la lectura de la condena fue por ello con una dura reacción de familiares, víctimas sobrevivientes e integrantes de los organismos de derechos humanos que colmaron el hall contiguo a la sala de audiencias. Los fundamentos de la decisión del tribunal integrado por los jueces Andrés Basso, José Michilini y Alejandro Esmoris se conocerán más adelante.
«Cárcel común, perpetua y efectiva», fueron los primeros gritos que se escucharon y llevaron al presidente del Tribunal a pedir el cierre de las puertas de la sala. Entre los presentes estaban Rubén López, uno de los hijos del dos veces desaparecido Jorge Julio López, y Emilio López Muntaner, hermano del estudiante Francisco «Panchito» López Muntaner, el estudiante secundario secuestrado en el episodio conocido como La Noche de los Lápices.
La abogada querellante Guadalupe Godoy explicó la contradicción en una reflexión publicada en sus redes sociales. “Qué difícil los juicios en esta jurisdicción, donde la ausencia de jueces titulares nos enfrenta todo el tiempo a distintos criterios judiciales. Otra vez discutir genocidio, desaparición forzada, explicar desde cero”, se lamentó.
Y agregó: “En nuestra ciudad la vara en ese sentido está alta. Por eso lo de hoy se vive como un retroceso más allá de las sentencias a prisión perpetua”. El marco de “genocidio” apareció por primera vez en 2006, cuando Etchecolatz tuvo la primera condena y se repitió en juicios posteriores.
Pero también fue una frustración la decisión de que Garachico siga en su casa de Mar del Plata. “Cayó muy mal, en parte porque la transmisión de los juicios permite ver que el estado de salud invocado en las causas para obtener el beneficio difiere con el real”, comentó la abogada.
No obstante Godoy celebró que la vuelta a la presencialidad y a la sala de audiencias permitiera expresar y visibilizar lo que la pandemia impidió. “Lo que hemos logrado a lo largo de tantos años como pueblo sigue en pie, está vigente y pudo sortear, incluso, la pandemia. No es poca cosa saber que, ante tanta cosa, tanta derecha, tantos obstáculos, el reclamo de juicio y castigo sigue en pie”, expresó.
LAS CONDENAS
La perpetua a Etchecolatz es la novena. Y como a Garachico se lo encontró penalmente responsable de los secuestros y torturas de 7 personas en el excentro clandestino de Pozo Arana, entre ellas el dos veces desaparecido Jorge Julio López, y los asesinatos de 4 de esas víctimas, entre ellas López Muntaner.
«Se condena a Miguel Osvaldo Etchecolatz a la pena de prisión perpetua como coautor del homicidio calificado por alevosía, por haberse cometido con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Norberto Rodas y Alejandro Sánchez; la privación ilegítima de la libertad cometida por funcionario público, agravada por amenazas reiteradas en dos oportunidades y aplicación de tormentos a Rodas y Sánchez», expresó Basso, el presidente del Tribunal, al leer esta tarde el veredicto.
Además, se condenó a prisión perpetua al expolicía Julio César Garachico, por el homicidio de Patricia Dell Orto, Ambrosio De Marco y Norberto Rodas, y la privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos a Patricia Dell Orto, Ambrosio de Marco, Norberto Rodas, Alejandro Sánchez, Francisco López Muntaner, Guillermo Cano y Jorge Julio López.
REPARACIONES
El Tribunal hizo lugar también a una serie de medidas reparatorias solicitadas por la fiscalía y las querellas:
- Que se disponga la desafectación del predio de Arana para convertirlo en Sitio de Memoria.
- Que se investigue la posible complicidad de la empresa Peugeot en el secuestro de Alejandro Sánchez.
- Que se de copia de la sentencia a la Facultad de Bellas Artes de La Plata para que rinda homenaje a sus exalumnos Patricia Dell Orto y el estudiante López Muntaner
- Que se realicen excavaciones en los terrenos de la exEstancia La Armonía, donde actualmente funciona el Regimiento 7 en busca de posibles fosas comunes.
LOS CONDENADOS
Etchecolatz está internado en el sanatorio «Estrada» de Merlo debido a una serie de episodios febriles, mareos y vómitos, por lo que la secretaria del TOF 1, Verónica Michelli concurrió a la clínica para registrar sus últimas palabras antes de la sentencia. “Etchecolatz dijo que es inocente, que él no hizo nada de lo que se acusa en este debate y que entiende que se ha violado el proceso de la Constitución Nacional», informó la secretaria del Tribunal.
Garachico también dijo ser inocente al afirmar que «de lo que se me imputa soy inocente y desconozco a las personas que están en el juicio. Se me acusa de algo que no tengo nada que ver».
LAS PRUEBAS
El juicio que había arrancado el 30 de agosto del año pasado indagó en torno a lo ocurrido con las siete víctimas, quienes en 1976 comenzaron a militar en la unidad básica «Juan Pablo Maestra» de Los Hornos.
Y gran parte se basó en las declaraciones de López en el juicio de 2006, antes de su segunda desaparición ocurrida el 18 de septiembre de ese año. Es su testimonio, el hombre señaló sin dudar a Etchecolatz como el jefe del operativo de su secuestro y a Garachico como quien daba las órdenes al grupo de «picaneadores».
Más allá del malestar por los “retrocesos” mencionados por la querella, para el auxiliar fiscal Juan Martín Noguera la sentencia “tiene una importancia histórica porque consolida una situación que se viene dando desde el 2006 con la sentencia por genocidio a Etchecolatz y con el juicio al Circuito Camps, donde se demostró cómo fue ese circuito represivo, cómo estuvo inserta la policía y los grupos de tareas en ese circuito, siendo Arana uno de los lugares fundamentales donde se llevó a cabo el plan represivo”.
El funcionario asegura que en este juicio se pudo demostrar el rol fundamental que tuvo Etchecolatz como Director General de Investigaciones, así como el funcionamiento de las patotas, el cual “está representado en Garachico, que tenía un cargo en la policía de La Plata y quedó demostrada su intervención como grupo de tareas, llevando su actividad a Arana”.