Nota principal: Estrenan el documental “Yo decido. El Tren de la Libertad”
*En la ley del 1985 se contemplaban tres supuestos bajo los cuales las mujeres podían abortar: violación, patología fetal (hasta la semana 22) y salud física y psíquica de la gestante. Además un profesional tenía que acreditar en el caso de patología y salud de la embarazada tales circunstancias, es decir tenía que tutelar a la mujer.
*Con la ley actual, la mujer decide libremente hasta la semana 14 de gestación, se contempla la interrupción por salud de la gestante y patología fetal hasta las 22 semanas; e incluso se da solución a unos casos que aunque minoritarios eran especialmente dramáticos: la patología fetal grave e incurable así como la inviabilidad fetal, detectados tardíamente, más allá de la semana 22. Permitiendo en estas circunstancias (unos 300 casos anualmente) la interrupción sin límite temporal.